martes, 9 de marzo de 2010




El agua como recurso fundamental para la vida: siempre debe ser considerado un recurso público.


Actualmente en Colombia se lleva a cabo una iniciativa que surge a partir de reclamaciones iniciadas en 2007 por ambientalistas, organizaciones sociales y comunitarias e instituciones interesadas en el tema. Se llama Referendo del Agua, que surgió en el país para reivindicar el agua como un derecho humano, es decir, exigen al Estado el suministro gratuito de un mínimo vital para todos los colombianos.

La base de esta sustentación es simple: El agua es un recurso fundamental para la vida igual que el aire. Es imprescindible no solo en la demanda biológica que trae consigo los componentes orgánicos e inorgánicos que comprometen los ecosistemas en sus nichos ecológicos asociados también con los antrópicos sino también en las actividades agroindustriales humanas demandadas de dicho elemento natural.

En ese sentido hay que manifestar que, como tal, el agua es un derecho fundamental (si estamos hablando del derecho a la vida) y que existen unas cantidades mínimas de agua a las cuales todo ser humano tiene derecho a consumir y que ellas deben ser aseguradas para su existencia.

Es por esto que el tema de la propiedad del agua es un tema de relevante importancia para lo concerniente a los derechos humanos. Esto nos lleva a un racionamiento bastante álgido: los acueductos y suministros de agua deben ser de propiedad del Estado o debe ser compartida esta actividad con los particulares.


Las aguas privadas


Tal vez la palabra privado suena a quitado, sustraído, expropiado. Y es precisamente lo que sucede cuando particulares asumen el control del suministro del agua potable para consumo humano, especialmente en Latinoamérica. Los argumentos y justificaciones siempre son los mismos después de realizar estudios suficientes: mala calidad del servicio, y baja cobertura por parte de la prestación del servicio por parte del Estado, conservación de micro cuencas por parte de los mismos para asegurar ciclos hidrológicos y reservas de aguas suficientes que, debido a la desorganización comunitaria y a la mala gestión del Estado no se ha podido dar, y también, la modernización del servicio y cambio de infraestructura obsoleta que por los costos el Estado nunca podrá hacerlo.

Según Silvia Ribeiro, Investigadora del Grupo ETC, de la UNAM, son muchos los ejemplos que existen en la privatización del agua y que comúnmente lo vemos:


· Privatización de los territorios y regiones estratégicas. Muchas empresas que comercian y/o necesitan masas de agua para sus actividades, van por la privatización o acreencia de territorios enteros para garantizarse el uso monopólico del recurso, protegidas por cambios en las legislaciones.

· Privatización por desviación de aguas. La construcción de represas, canales y desviación de ríos de sus cauces naturales para abastecer zonas de alto consumo agroindustrial y urbano, priva del recurso a millones de campesinos y habitantes de zonas rurales, en muchos casos con desplazamientos que destruyen irreparablemente sus formas de vida, cultura y economías propias. Se suma el impacto sobre el propio recurso agua y el ambiente que lo sostiene, que genera más escasez futura.

· Privatización por contaminación. Las industrias mineras, petroleras, papeleras, eléctricas, junto a la contaminación por agrotóxicos de la agricultura industrial y a otras industrias sucias, contaminan las fuentes de agua como "efecto colateral", apropiándose de facto de un recurso que es de todos, al imposibilitar que otros las puedan usar. Este tipo de contaminación está regulada por la norma a través de sobretasas ambientales. Sin embargo no existen controles reales y eficaces para vigilar esta infracción.

· Privatización de los servicios municipales de agua en zonas urbanas. A través de concesiones y contratos de servicios múltiples, protegidas por nuevas legislaciones nacionales de agua, las empresas transnacionales se apropian de las redes de distribución y plantas purificadoras, fijando las condiciones de su acceso y tarifas a la población.

· Privatización por el embotellamiento de agua. No hay mantenimiento adecuado de las redes públicas de distribución de agua por políticas presupuestales injustas, pero se subsidia con permisos ridículamente baratos de explotación de fuentes de agua, a las industrias de "transformar agua en agua". El costo final a los consumidores es de mil a 10 mil veces más caro y las propias botellas de plástico son un factor de contaminación de las aguas subterráneas.

· Monopolio de las tecnologías. Al mismo tiempo que las industrias despilfarran y contaminan el agua dulce de todos, se presentan como las únicas capaces de extraer el agua más profunda (tecnología que ya usan las petroleras), o de purificarla adecuadamente, ya que la complejidad de factores de contaminación aumenta por sus propias actividades (industrial, biológica, salinización de acuíferos). A través de control monopólico de mercados y patentes de tecnología, los destructores del recurso se presentan como los salvadores, a los cuales todos tenemos que pagar.


Las aguas públicas


El agua ha sido tradicionalmente en Colombia un bien de uso público y su administración y manejo ha estado a cargo del Estado. Los particulares han accedido al uso y aprovechamiento del agua mediante el sistema de concesión que hasta ahora y por espacio de casi treinta años ha estado regulado en el Código de Recursos Naturales y en el Decreto Reglamentario 1541 de 1978.

A partir de las conferencias mundiales que se han tenido a nivel ambiental y sobre el tema del agua, han acordado desde Johannesburgo que la institucionalidad y el Estado deben readecuarse en su posición ambiental, adaptándola a la nueva perspectiva centrada en los aspectos puntuales del agua: manejo del agua, saneamiento básico y lucha contra la pobreza.

El problema es que en los países latinos, y en especial en Colombia, estos puntos de vista solo son deseables pero están desligados de un replanteamiento profundo del modelo de desarrollo imperante los cuales pueden resultar inalcanzables y las acciones correspondientes meras soluciones parciales e incompletas.

Se optó entonces por la presentación de reformas sectoriales: ley de páramos, ley forestal y la ley 365 de 2005, “por el cual se establecen medidas para orientar la planificación y administración del recurso hídrico en el territorio nacional”, comúnmente conocido como “Ley del Agua”.

Pero a pesar de ello las problemáticas del agua en Colombia siguen siendo las mismas: En el año 2004, la población con acceso a agua potable y a un saneamiento adecuado representaba el 93% y el 86%, respectivamente. La población rural, que representa aproximadamente el 23% de la población total del país, mostraba las tasas de cobertura más bajas, ya que sólo el 71% tenía acceso a agua potable y el 54% a un saneamiento adecuado. Esta situación no ha cambiado significativamente.


El agua, ¿derecho o necesidad humana?


El Banco Mundial, ha defendido permanentemente la tesis que la forma de aumentar la disponibilidad de agua, es tratándola como un producto más del suelo y del subsuelo, que como el cobre, el oro y el petróleo, debe ser explorado y desarrollado por capitales privados que tengan el aliciente de la ganancia para animarse a invertir.


A esta concepción respondió desde la sociedad civil y muchos gobiernos locales con el “Foro Alternativo Mundial del Agua”. Este evento registra dos ediciones, la primera en Florencia en el 2003 y la segunda en Ginebra en Marzo del presente año. En ambas ocasiones se ha reafirmado el principio del agua como derecho humano, el cual se liga al estatuto del agua como bien común y al financiamiento colectivo del acceso al agua para garantizar su uso por cualquier persona independientemente de su capacidad económica.

En el caso colombiano, la Ley 99 de 1993, en el numeral quinto del artículo primero, había establecido el principio que otorga prioridad al consumo humano, acercándose mas a la concepción del agua como un derecho humano, que por consiguiente debe garantizarse a toda persona.

Sin embargo en Colombia como en los demás países latinoamericanos el detrimento de los derechos de las comunidades aledañas a las fuentes de agua es un pan de cada día y en si afectando a las comunidades más vulnerables.

El agua es un derecho humano visto desde un punto de vista político y social de fundamental importancia. Anteriormente no tenía en el sector público y político la prioridad que requería. Con las diversas manifestaciones de escases y de necesidad para el sustento de la vida vale pensar en el reconocimiento del derecho ya que puede ayudar a que el sector agua se convierta en uno más prominente

En ese sentido al tener el agua una posición fuerte a nivel del Derecho implicaría que la comunidad tendría la autoridad suficiente y con opciones democráticas para tomar decisiones sobre el agua.

Por ello al darle este tipo de pesos jurídicos e imparciales al tema del agua excluyendo la propiedad con fines de lucro de los recursos de agua se puede declarar como un derecho siendo este el primer paso en un difícil proceso político de toma de decisiones, ya que hay que argumentar económica y socialmente las implicaciones que tiene el agua y el saneamiento en la misma en la sociedad para que esta se convierta en una prioridad para la vida humana.


Bibliografía:


Mínimo vital del agua. En: http://www.diplomadospd.com/txt/ArtDebates_aguaminimovital.pdf

Las caras de la privatización del agua. En: http://www.jornada.unam.mx/2005/04/30/027a1eco.php

La privatización del agua y el Banco Mundial. En: http://www.ecoportal.net/Contenido/Temas_Especiales/Agua/La_Privatizacion_del_Agua_y_el_Banco_Mundial

Colombia: el agua, crisis y privatización. En: http://www.biodiversidadla.org/Principal/Contenido/Documentos/Comercio_Biopirateria_y_Derechos_de_Propiedad_Intelectual/Colombia_el_agua_crisis_y_privatizacion